Asociación Sin Fines de Lucro (ASFL) en la República Dominicana
Asociación Sin Fines de Lucro (ASFL) en la República Dominicana Es una entidad de al menos cinco personas (físicas o jurídicas) que realiza actividades de interés público sin fines de lucro, regida por la Ley No. 122-05 y el Reglamento No. 40-08.
Pasos Previos a la Incorporación
Registro del Nombre en la ONAPI.
Documentos Constitutivos redactados y registrados en la Oficina del Registro Civil del ayuntamiento correspondiente.
Proceso de Incorporación en la Procuraduría General de la República y las Cortes de Apelación.
Solicitud de Incorporación
La Procuraduría tiene 60 días para aprobar o denegar la solicitud. Se emite una Copia Certificada de la Resolución en caso de aprobación.
Medidas de Publicidad
Solicitar certificaciones en Juzgados.
Publicar un aviso en un periódico nacional y obtener copia certificada.
Registrar todo en la Oficina del Registro Civil.
Certificado Definitivo
Presentar toda la documentación en la Procuraduría para obtener el Certificado de incorporación.
Registro Nacional de Habilitación
Registro obligatorio en el Centro Nacional de Fomento y Promoción de ASFL para recibir fondos públicos y mantener información actualizada.